FRACCIóN IX
Las disposiciones administrativas,
directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones
aplicables al sujeto obligado de que se
trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr
con la disposición o se trate de situaciones
de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones
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